Considera que es impostergable que se establezca en la Constitución un sistema de sustitución automática, que teniendo el carácter de temporal, evite las inciertas consecuencias que puede provocar el vacío de poder ante la falta absoluta del titular del Poder Ejecutivo federal, ya sea por muerte, renuncia, licencia o destitución, lo cual debiera recaer en el Secretario de Gobernación.